¿Qué es un Agente de la Propiedad Inmobiliaria?
El Agente de la Propiedad Inmobiliaria es un profesional legalmente habilitado por la Administración Pública, reconocido mediante un título y un estatuto profesional, con la formación necesaria para el ejercicio de sus funciones y que procura el cumplimiento de la legalidad en las transacciones inmobiliarias, pues se le exige una titulación universitaria y el cumplimiento de unas normas y requisitos.
Para el ejercicio de la profesión bajo la denominación de Agente de la Propiedad Inmobiliaria se establece la incorporación al Colegio (RD1294/2007, que regula el ejercicio de la profesión, en el artículo 2º: Denominación de los colegiados. 1. Los colegiados en situación ejerciente podrán utilizar en su actividad profesional la denominación de agente de la propiedad inmobiliaria; Art. 3º, 2, Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales).
Los API ejercen y desarrollan de manera regulada la profesión de la intermediación inmobiliaria en operaciones de ámbito nacional.
ES RECOMENDABLE EXIGIR EL CARNET PROFESIONAL O CONFIRMAR CON EL COLEGIO LA ADSCRIPCIÓN
NUESTRO NÚMERO DE Agente de la Propiedad Inmobiliaria es el 0737